Acceso multicanal:posibilidad de comunicarse con la Administración a través de distintos canales, incluyendo, al menos, el presencial, el telefónico e Internet.
Acción de regreso:vía de exigencia a las autoridades o los empleados públicos del reintegro de las cantidades abonadas en concepto de indemnización por la Administración a los ciudadanos perjudicados por el funcionamiento de sus servicios.
Administración de la Comunidad de Castilla y León:integrada tanto por la Administración general como por la Administración institucional, desarrolla las funciones ejecutivas de carácter administrativo.
Administración electrónica:también conocida como e-Administración, este concepto resume un conjunto de reformas jurídicas, técnicas y procedimentales cuyo objeto común es el recurso a las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte de las Administraciones públicas.
Administración General:conjunto de órganos administrativos jerárquicamente ordenados bajo la dirección de la Junta de Castilla y León.
Buena administración:derecho reconocido en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, incluyendo la garantía de distintas instituciones de procedimiento administrativo.
Buena fe:principio general del Derecho que presume y requiere un comportamiento honesto y adecuado, sin intenciones malévolas, a todos los sujetos.
Calidad de los servicios públicos:conjunto de reformas dirigidas a mejorar la percepción ciudadana y el rendimiento objetivo de los servicios a través de reformas y evaluaciones internas y externas de sus indicadores de funcionamiento.
Ciudadano:se entiende por ciudadanos, a los efectos de la Ley 2/2010, todas las personas y entidades sin personalidad que puedan entablar relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Confianza legítima:principio consagrado en el Derecho europeo y el Derecho administrativo español por el cual se reconoce el derecho de los ciudadanos a no verse defraudados sorpresivamente por los cambios bruscos, inesperados e inopinados en el criterio de la Administración.
Equidad:regla que aborrece y obliga a corregir los resultados materialmente injustos en la aplicación literal y estricta de las normas.
Entes públicos de Derecho privado:entes en forma pública de personificación sujetos, en parte de su actividad, al Derecho civil, mercantil o laboral.
Innovación:puesta al día de las estructuras y procedimientos administrativos adaptándolos a las nuevas tecnologías y a los avances en la gestión pública.
Interoperabilidad:perfecta compatibilidad entre los sistemas y aplicaciones utilizados por las Administraciones públicas, que permite el reconocimiento mutuo de comunicaciones y documentos electrónicos.
Mejora continua:proceso de constante actualización de estructuras y procedimientos que permite ofrecer un, cada vez mejor, servicio a los ciudadanos, a la altura de las circunstancias de cada momento.
Motivación:explicación de las razones jurídicas y circunstanciales que justifican y legitiman la adopción de las resoluciones administrativas.
Neutralidad:regla que proscribe que las Administraciones públicas puedan preferenciar ciertas aplicaciones o programas en sus relaciones, incidiendo así sobre el desarrollo del mercado de las tecnologías.
Organismos autónomos:entes en forma pública de personificación sujetos a reglas generales y especiales de Derecho administrativo.
Orientación al ciudadano:actitud de una Administración que está pendiente de las necesidades, percepciones y requerimientos de los destinatarios de sus servicios.
Orientación social:consideración especial de la Administración hacia las personas y colectivos necesitados de especial protección, en el afán de realizar la igualdad material entre los individuos y los grupos en que se integran.
Potestades públicas:poderes exorbitantes que no están al alcance de los sujetos privados y que el Ordenamiento atribuye a la Administración con el fin de servir más eficazmente los intereses generales.
Proactividad:actitud que permite anticiparse a los problemas, necesidades y demandas de los ciudadanos a las Administraciones públicas.
Razones imperiosas de interés general:cometidos administrativos que legitiman intervenciones y regulaciones restrictivas, como el silencio negativo (orden público, protección de consumidores, salud pública, etc).
Reducción de cargas administrativas:eliminación de trámites y exigencias documentales redundantes o innecesarias que suponen costes excesivos para los ciudadanos y empresas, ralentizando demasiado los procedimientos.
Responsable de la tramitación:autoridad o funcionario a quien se asigna individualizadamente la responsabilidad sobre un procedimiento o expediente concreto, deviniendo, por ello, en interlocutor ordinario de los interesados en él.
Reutilización de la información:uso de documentos del sector público, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública.
Silencio administrativo:falta de respuesta de la Administración en un procedimiento administrativo, a la que el Ordenamiento puede atribuir efectos positivos (estimatorios) o negativos (desestimatorios).
Simplificación:eliminación de estructuras, normas y trámites procedimentales innecesarios o redundantes en las Administraciones públicas.
Ventanilla única:punto de acceso a través de cual los ciudadanos pueden dirigirse simultáneamente a distintos niveles de gobierno, facilitando la tramitación de procedimientos en los que intervienen varias autoridades.