Principios generales (artículo 4).

Los principios generales cumplen una función humanizadora del funcionamiento de la Administración, desde la filosofía modernizadora de esta Ley. Así lo expone el artículo 4 ( Ver contenido en pop-up ver ), cuando ordena tener en cuenta los principios generales que enuncia al aplicar la norma. De este modo, la Ley siempre habrá de aplicarse en el sentido más favorable a los ciudadanos, conforme a la equidad, buena fe y confianza legítima.

Principios Ejemplo
Principio de interpretación más favorable a los ciudadanos Ver contenido en pop-up ver
La equidad Ver contenido en pop-up ver
La buena Fe Ver contenido en pop-up ver
Confianza legítima Ver contenido en pop-up ver

Tanto la buena fe como la confianza legítima son principios también enunciados por la Ley 30/1992 ( Ver contenido en pop-up ver ). Sin embargo, la llamada a estos principios en la Ley de Procedimiento Administrativo Común se hace a efectos de su respeto en la actuación administrativa, mientras que el artículo 4 de la Ley 2/2010 los consagra como principios generales de aplicación de sus previsiones, dotándoles de mayor rango que el de los principios de actuación, que a continuación se relacionan.